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Jaime GUERRERO

Con 30 votos a favor, la LXIII Legislatura, aprobó la Ley que crea el Organismo Operador Encargado de la Gestión y Manejo Integral de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial del Estado de Oaxaca, para dar paso al Organismo Operador de los Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial en Oaxaca.

El objeto del Organismo Operador es prestar los servicios de una o más de las actividades de la gestión y manejo integral de residuos sólidos de los Municipios de Oaxaca, que así lo soliciten, así como, ejecutar y administrar, directamente o a través de terceros, mediante cualquier esquema de contratación, las obras necesarias para la recolección, el acopio, recepción, transporte, almacenaje, aprovechamiento, reciclaje, transformación, procesamiento, comercialización, valorización y confinamiento de los residuos sólidos urbanos, incluyendo los residuos de manejo especial y sus subproductos.

Asimismo, establecer programas graduales y mecanismos para la separación de residuos sólidos urbanos y de manejo especial desde la fuente de generación, diferenciándolos al menos en residuos orgánicos e inorgánicos para promover su aprovechamiento, valorización y promover los medios de educación, difusión y desarrollo de la comunidad que puedan incidir en el mejoramiento del medio ambiente y servicios, entre otros.

El organismo, podrá prestar directamente o a través de terceros del servicio público competencia del Organismo Operador según lo dispuesto en los convenios que celebre con los Municipios que así lo soliciten. Para lo cual podrá contratar, subrogar, alquilar y en general convenir con terceros mediante cualquier esquema la prestación del servicio en forma total o parcial.

Para ello, formulará estudios socioeconómicos y con base en ellos, así como en los contratos que tenga celebrados con terceros, fijar, ajustar y actualizar las cuotas, tasas y tarifas de los ingresos que se deriven de la prestación de los servicios que presta el Organismo Operador.

Realizar por sí o por terceros los estudios técnicos, ambientales y proyectos ejecutivos necesarios para definir los sitios para la construcción de la infraestructura regional para la gestión y manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Los municipios, podrán coordinarse y asociarse entre sí o con el Estado para la más eficaz prestación de los servicios públicos municipales y el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan.

De igual manera establece que la prestación de los servicios públicos municipales deberá realizarse por el Ayuntamiento, sus unidades administrativas, organismos auxiliares o empresas de participación municipal, quienes podrán coordinarse previa firma de Convenio con el Estado o con otros Municipios para la eficaz prestación de los servicios

Promover los medios de educación, difusión y desarrollo de la comunidad que puedan incidir en el mejoramiento del medio ambiente y servicios; promover y participar en la suscripción de convenios, programas con organizaciones públicas, privadas o mixtas interesadas, a fin de desarrollar en la población una cultura ambiental de respeto, cuya finalidad sea preservar y proteger el medio ambiente en el Estado de Oaxaca.

Aplicar los principios de valorización, responsabilidad compartida, gestión y manejo integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social en el diseño de instrumentos, programas y planes de política ambiental para la gestión de residuos.