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Jaime GUERRERO 

Por unanimidad, la LXIII Legislatura, aprobó reformas a la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de éstos Delitos en Oaxaca, para incorporar el delito de Explotación Laboral Infantil, para que los explotadores de menores sean sancionados con cárcel, debido a que no existe una norma que castigue este delito en la entidad.

El siguiente paso es la reforma al código penal, para dar tipificar el delito y determinar la temporalidad de la sanción corporal (cárcel) a quienes incurran en ese delito.

En Oaxaca, 158 mil 340 menores sufren algún tipo de explotación laboral según la Organización Internacional del Trabajo en su informe de 2012, colocando a Oaxaca, en ese año, en quinto lugar a nivel nacional. 

Además las estadísticas indican que el 67.8 % de menores explotados no reciben ingreso alguno, el 42.9 % no asiste a la escuela y más del 30 % no concluye sus estudios de nivel básico.

Mientras que a nivel nacional, un aproximado de 3.6 millones menores son explotados laboralmente, mismos que trabajan en condiciones de alta peligrosidad física, ya sea en la ciudad o zonas agrícolas.

Además en 2016 y lo que va de la presente anualidad el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), señaló que los Estados de Guerrero, Chiapas y Oaxaca son las entidades que concentran el mayor número de explotación laboral infantil.

La diputada de Morena, María de Jesús Melgar Vásquez, destacó que la comunidad internacional, suscribió  tratados internacionales en derechos humanos que establecen una protección efectiva a favor de los menores, como la Convención sobre los Derechos del Niño, que contiene artículos que hacen referencia a la protección al sano desarrollo de los menores, imponiendo una serie de obligaciones dirigidas al Estado mexicano y sus autoridades, para dictar medidas legislativas y administrativas enfocadas a la protección de niños y niñas.

“Por la naturaleza de nuestra Entidad, debe considerase también la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su artículo 17,  que señala una medida de protección en contra de la explotación económica atendiendo la calidad específica de los niños y niñas que forman parte de una comunidad indígena”, señaló Melgar Vásquez.

Cabe mencionar que la LXIII Legislatura local, declaró el 2018 como el año de la eliminación del Trabajo Infantil, por lo cual en todas las plataformas de comunicación y documentos oficiales de los poderes del Estado, de los órganos autónomos, ayuntamientos y demás entidades paraestatales se incluye la leyenda; “2018, año de la Erradicación del Trabajo Infantil”.

Con la reforma, ahora se aplicará prisión contra quien o quienes exploten a los menores y saquen provecho económico de ellos.

La explotación laboral, implica un pago inferior en relación al trabajo que se realiza, volviendo dependiente a la persona que presta su fuerza de trabajo, lo que puede ser equiparable a la esclavitud; por otra parte la explotación laboral infantil implica la obtención de beneficios económicos por parte de personas mayores de edad, mediante la actividad económica realizada por menores, cuestión que afecta su desarrollo físico, emocional y psicológico.