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Jaime GUERRERO  

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que, amplió el plazo para que la Secretaría de Finanzas, autorizara los ajustes presupuestales que permita al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) dar cumplimiento al pago de prerrogativas de los Partidos Políticos.

Y es que debido a la adecuación del financiamiento público, al tomar en cuenta la UMA correspondiente al año 2018, las cifras de los montos se elevaron y el IEEPCO solicitó una ampliación presupuestal al ejecutivo del estado para garantizar la entrega oportuna del financiamiento y el cumplimiento a lo ordenado por el TEEO.

Al no efectuarse la ampliación presupuestal, resultó imposible entregar la totalidad del financiamiento correspondiente a los meses de noviembre y diciembre, por lo que a finales de diciembre el Tribunal local exigió la aprobación de la aplicación presupuestal y la entrega de los recursos al Partido Acción Nacional (PAN) de lo contrario se procedería a un apercibimiento.

Ante lo cual la Secretaría de Finanzas solicitó una prórroga para cumplir con lo ordenado y el Tribunal local le concedió tres días hábiles para ello.

En ese contexto, en el juicio de revisión constitucional electoral 1 de 2019, promovido por el PAN, se impugnó el acuerdo motivo de disenso al considerar que el plazo concedido retrasa el cumplimiento de lo ordenado, por ser improcedente la prórroga, por lo que piden se haga efectivo el apercibimiento formulado por el TEEO.

Los magistrados federales determinaron como infundado lo expuesto por el partido actor, ya que el plazo otorgado por el Tribunal local no representa un obstáculo o impedimento para lograr el cumplimiento de lo ordenado y mucho menos lo retrasa. Por el contrario, ello propicia el acatamiento a lo dispuesto al permitir que se desahoguen los procedimientos legales y administrativos necesarios.

Los magistrados, comprobaron que el Procurador de la Secretaría de Finanzas informó haber solicitado a la Subsecretaría de Egresos, Contabilidad y Tesorería la ampliación presupuestal, de ahí que se requiriera un plazo para cumplir con el procedimiento de ley.

En la víspera, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), desechó los juicios presentados por el (IEEPCO, el PAN y PT contra la Secretaría de Finanzas.

En la resolución del juicio electoral número JE/03/2018 y sus acumulados, determinó que la denuncia del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ya fue juzgada, a través de otro medio de impugnación resuelto el 29 de diciembre de 2018.

Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca desechó las demandas promovidas por el IEEPCO, PAN y PT, que impugnaron la negativa del Poder Ejecutivo del Estado y la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de otorgar la ampliación presupuestaria solicitada.

En primer término se desecharon las demandas de los partidos políticos, al considerar que los actores carecen de legitimación activa para impugnar actos u omisiones imputables al Poder Ejecutivo del Estado y a la Secretaría de Finanzas, relacionadas con la planeación, aprobación y ampliación del presupuesto de egresos que debe ejercer el IEEPCO en el ejercicio fiscal correspondiente, para el cumplimiento de sus fines constitucionales y legales, entre ellos se encuentra la entrega del financiamiento público a los partidos políticos.

Esta resolución advirtió que el IEEPCO impugnó el oficio SF/SI/PF/2465/2018 de la Secretaría de Finanzas en la cual le notifica su negativa a otorgarle la ampliación presupuestal solicitada por 15 millones 354 mil 781 pesos con 71 centavos.

Recordó que en la resolución de 29 de diciembre, este tribunal revocó el oficio de Finanzas, y le ordenó aportar al Instituto los recursos solicitados para completar el financiamiento de los partidos políticos, corresponden a una parte proporcional de noviembre y los de diciembre.