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Jaime GUERRERO
El Juzgado Décimo de Distrito del Poder Judicial de la Federación, negó la suspensión del proceso de selección de la nueva magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado, a petición de la ex magistrada Maribel Mendoza Flores, quien luego de no ser ratificada por el Congreso del Estado como magistrada del Poder Judicial de Oaxaca, interpuso un recurso de queja.
En el expediente, 487/2020, se establece que el pasado 10 de septiembre de 2020, se le negó la suspensión provisional solicitada; no obstante, aún no se ha desechado en definitiva el amparo interpuesto por la magistrada que fue impuesta por el ex gobernador, Gabino Cué Monteagudo.
Y es que el pasado 2 de septiembre, la LXIV Legislatura, determinó no ratificar o no reelegir a la doctora, Maribel Mendoza Flores en el cargo de magistrada del Tribunal Superior de Justicia, por incumplimiento de los principios de probidad, excelencia, honorabilidad y moralidad administrativa.
En sesión extraordinaria, luego de una resistencia procesal por parte de la magistrada impuesta por Cué Monteagudo y ante la ausencia de leyes reglamentarias para realizar el procedimiento, los diputados aprobaron el dictamen -basándose en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)- mediante el cual dan por concluido su encargo.
Aprobado el dictamen, el pleno ordenó notificar personalmente a Mendoza Flores y por oficio al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Eduardo Pinacho; y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial; Alfredo Lagunas Rivera; y al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, Alejandro Murat Hinojosa.
Una vez notificada Mendoza Flores, debió hacer entrega formal e inmediata de la magistratura, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, Licenciado Magistrado Eduardo Pinacho Sánchez, con efectos a partir del 26 de septiembre de 2020, día en que concluye el periodo de 8 años de Magistrada para el cual fue elegida.
En el dictamen, aprobado por el pleno, se establece que Mendoza Flores, incurrió en incumplimiento de los principios de probidad, excelencia, honorabilidad y moralidad administrativa.
De igual manera, aunado al hecho de que la Comisión permanente había citado a Mendoza Flores en tres ocasiones (citatorios de fecha dieciocho, veinte y veintiséis de agosto), quedó de manifiesto que la magistrada se ha conducido con dolo y mala fe hacia la Comisión y por consiguiente, al Congreso del Estado de Oaxaca, cuyos integrantes del primer órgano, se han conducido con respeto hacia su persona pero sobre todo a sus derechos humanos, como el de audiencia.
Durante el procedimiento, Mendoza Flores, exhibió un certificado médico de fecha 25 de agosto del 202, con el que pretendió justificar su inasistencia a la segunda cita que se le realizó, sin embargo; el veintisiete de agosto del mismo año, presentó ante este Congreso un escrito, con el que promueve un incidente de recusación en contra de la Presidenta de la Comisión, Elisa Zepeda Lagunas.
“Con ello, es evidente y notorio que la servidora pública en cuestión, sí estaba en condiciones de asistir a la comparecencia en comento; pero como ya se ha dicho, su proceder ha sido con dolo y mala fe, pero también es de resaltar que, con dichas conductas mostradas por los citados funcionarios públicos, también se configuran delitos de carácter penal, porque, están ejerciendo la función pública de manera ilícita, abusando de su autoridad y coludiéndose para favorecer a la magistrada Maribel Mendoza Flores, lo que será materia de estudio y procedencia”, sentencia el dictamen.
En el dictamen se establece también que la magistrada hizo todo lo posible para no comparecer al llamado de la Comisión de Administración de Justicia, pese a que la única intención era hacer valer su derecho humano de audiencia y; para frenar a toda costa el proceso de ratificación, no ratificación, reelección o no reelección que se desahogó.
Al comprobar, conflicto de interés en el dictamen, se hizo patente de cartas de recomendación que exhibe, a nombre de: COLEGIO NACIONAL DE LICENCIADOS EN DERECHO, presidido por Rogelio Mario Chagoya Romero; BARRA MEXICANA, COLEGIO DE ABOGADOS, que preside JORGE FRANCO JIMÉNEZ; COLEGIO OAXAQUEÑO DE DRS, EN DERECHO, presidido por Oscar Jarquín Rodríguez; ACADEMIA MEXICANA DEL DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO, que encabeza Edna Martha Atristáin Vasconcelos; COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE OAXACA A.C., presidido por Gualberta Rodríguez Santos; JURISTAS DE LA MIXTECA A.C., que encabeza Valerio Nabor Loyola Benavides que, “lo único que muestran es un conflicto de intereses innegable, porque existe la posibilidad de que, alguno de los seis presidentes de las barras de abogados que soportan el actuar de la magistrada o bien, de sus integrantes, tengan especial interés en que ella continúe fungiendo como magistrada, debido a que pudieran haber asuntos que tienen pendientes con ella, o que proyectó la magistrada en su momento y que fueron litigados por cualquiera de sus recomendantes, configurándose inobjetablemente un conflicto de intereses al tenor de lo que dispone el artículo 3 fracción VI de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.
La Comisión determinó que los requisitos de probidad, excelencia, honorabilidad y moralidad administrativa, ineludibles para ser reelegida o ratificada en el cargo de magistrada, SE TIENEN POR NO ACREDITADOS, por parte de Mendoza Flores.
Por tanto, “es evidente que la magistrada Maribel Mendoza Flores no cumple con las cualidades propias de una servidora pública que debe impartir justicia, lo que pone en duda su integridad y su honor, ya que tanto la sociedad como los justiciables, litigantes y servidores públicos del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, esperan que la función estatal de impartir justicia, recaiga en personas honorables, honestas e íntegras”.