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Jaime GUERRERO
El titular de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), Juan Carlos Marquez Heine, atenta contra la salud de la infancia, viola el artículo 14 constitucional, transgrede el principio del interés superior de la niñez al incumplir con las reformas al artículo 20 bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca que, prohibe la distribución, venta, regalo y suministro de alimentos y bebidas con alto contenido calórico, a menores de edad en Oaxaca.
Por ello, la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la LXIV Legislatura, Magaly López Domínguez, presentó una queja en la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblos de Oaxaca (DDHPO) contra el Secretario de Salud por incumplir con esa reforma que prohibe la venta de alimentos chatarra en la entidad.
Al insistir que se incumple con la Ley que prohibe la venta de “alimentos chatarra”, la cual prohíbe la distribución, venta, regalo y suministro de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico a menores de edad, aseguró que se transgrede el principio del interés superior de la niñez al no acatar la ley que aprobó el Congreso el 5 de agosto de 2020.
La diputada de Morena, fue más allá, al revelar que Márquez Heine ha manifestado oponerse a la prohibición, argumentando que su aplicación implicaría confrontarse con la industria alimentaria.
“Eso quiere decir que el secretario pondera los intereses económicos de las empresas por encima de la salud de las niñas y los niños de Oaxaca”.
“Se supone que es un empleado del pueblo, que está al servicio del pueblo de Oaxaca que le paga su salario. Pero el secretario está operando sólo a favor de los intereses de las grandes transnacionales”, manifestó la legisladora.
“El secretario no ha comprendido qué significa el interés superior de la niñez.
“Y no ha comprendido que los servidores públicos están obligados a hacer lo que la Ley les ordena”, expuso tras entregar el escrito de queja.
La reforma al articulo 20 bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca entró en vigor el 5 de septiembre al publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
“Con la omisión de cumplir y hacer cumplir la prohibición contenida en el artículo 20 bis de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, el secretario atenta contra la salud de la infancia. También es omiso en el cumplimiento del artículo cuarto transitorio del decreto 1609”, reprochó.
López Domínguez, afirmó que la norma aprobada, le establece la obligación de determinar bebidas y alimentos prohibidos para la distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad en el estado, conforme a las Normas Oficiales Mexicanas que establecen los límites de azúcares, grasas y sodio añadido.
En su escrito de queja, la legisladora oaxaqueña también solicitó a la Defensoría que emita las medidas cautelares necesarias, para evitar la continuación de las violaciones colectivas y masivas a derechos humanos de la población en general del estado de Oaxaca.
Especialmente de las niñas y los niños del estado, por la omisión del titular de la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado.