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Comunicado
Oaxaca de Juárez, Oax.- En su quinta Sesión Ordinaria de este 2021, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (#IAIPO), resolvió 35 recursos de revisión de personas que se informaron ante la respuesta o falta de ésta a las solicitudes de información por parte de los sujetos obligados.
De los recursos de revisión atendidos, 12 fueron presentados por la ponencia del comisionado Fernando Rodolfo Gómez Cuevas y 23 por la ponencia de la comisionada presidenta María Antonieta Velásquez Chagoya. Respecto al sentido de las resoluciones emitidas a estos recursos de revisión, 14 fueron sobreseídos, en uno se confirmó la respuesta, en 14 se revocó o modificó la respuesta del sujeto obligado y en seis se ordenó la entrega de la información.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.046/2020, el IAIPO requirió a la Secretaría General de Gobierno que haga entrega de la información de las percepciones económicas por concepto de bonos o compensaciones mensual y anual de los servidores públicos, de manera neta y bruta de 2012 a la fecha.
En el caso de la resolución al recurso R.R.A.I.084/2020, los comisionados del Órgano Garante determinaron que la Coordinación para la Atención de los Derechos Humanos CADH, debe realizar una búsqueda exhaustiva de la información relativa a solicitudes de apoyo/regalo en donde los servidores públicos donan parte de su salario al personal médico que atiende Covid-19.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I.023/2020, el IAIPO ordenó a la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (#UABJO) que haga la entrega de la información inicialmente requerida en la solicitud con número de folio 00055520.
En la resolución al recurso R.R.A.I.108/2020, el Consejo General del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Tlaxiaco proporcionar información relativa a presupuesto de egresos para ejercicio 2020, planilla laboral de todas las áreas, monto de obras municipales a ejecutar en 2020, ingresos y egresos municipales, actas de sesiones de cabildo a partir del 15 de octubre de 2020.
En el caso de la resolución al recurso R.R.A.I.122/2020, el IAIPO ordena al H. Ayuntamiento de Juchitán de Zaragoza que haga la entrega de la información inicialmente requerida en la solicitud con número de folio 01175220.
La Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión (CORTV) debe hacer entrega del documento en donde conste el fallo del proceso de selección del Consejo de Participación Ciudadana de la CORTV en 2019, además que realice una búsqueda minuciosa en sus archivos para localizar la información curricular de los participantes; así se señala en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0181/2020/SICOM emitida por el Consejo General del IAIPO.
El Consejo General del IAIPO resolvió tres recursos de revisión en los que ordena al Ayuntamiento de Salina Cruz, proporcionar la información solicitada. En el asunto R.R.A.I.0190/2020/SICOM se ordena a este municipio realizar la entrega de la información inicialmente requerida en el folio 00143320; en el asunto R.R.A.I.0193/2020/SICOM se pide proporcionar información detallada de los ingresos municipales por concepto de baños públicos que administra el Municipio durante todo el ejercicio 2019; y en el asunto R.R.A.I.0228/2020/SICOM se ordenó la entrega de las copias certificadas de todas las actas de sesiones de cabildo celebradas en 2019, ya sean solemnes, ordinarias y extraordinarias, de manera total y a su propia costa.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I.0225/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Secretaría de Turismo que entregue la información solicitada, consistente en la agenda pública del titular, así como del personal que asistió a Madrid a la Feria Internacional de Turismo 2020, desglosado por día y hora, así como los gastos que haya generado dicho viaje.
En el caso del recurso de revisión R.R.A.I.0499/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de San Agustín de las Juntas hacer entrega de la información complementaria consistente en 8 actas de sesión de cabildo.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.141/2020, el Consejo General del Órgano garante revocó la respuesta emitida por Caminos y Aeropistas de Oaxaca (CAO) y le ordenó que a través de su comité de transparencia realice de manera correcta la clasificación de la información.
En tres de los recursos de revisión atendidos en esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino proporcionar la información solicitada; en la resolución al asunto R.R.A.I.0150/2020/SICOM, se ordenó proporcionar el acta de cabildo por el que se aprueba la unidad municipal de transparencia; en la resolución al recurso R.R.A.I.0153/2020/SICOM, se requirió el acta de sesión de cabildo por el que se aprueba el organigrama de las áreas administrativas del presente Ayuntamiento, así como nombres y cargos de los trabajadores de base y confianza y en la resolución al asunto R.R.A.I.0186/2020/SICOM, se ordenó informar el presupuesto asignado a las distintas áreas, así como los gastos quincenales/ mensuales de energía eléctrica, alumbrado público, agua, teléfono, viáticos, combustible y agencias municipales.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0232/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Dirección del Registro Civil a que se manifieste de manera fundada y motivada si cuenta o no con la información correspondiente a la “causa de defunción”.
Respecto al recurso de revisión R.R.A.I.107/2020, el IAIPO resolvió que la Jefatura de la Gubernatura debe realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada sobre el pago del bono de puntualidad a los trabajadores de base y de confianza de la dependencia en el periodo 2019.
En lo que concierne al recurso de revisión R.R.A.I.0201/2020/SICOM, el IAIPO ordenó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca que realice una búsqueda en las diversas áreas que lo conforman y que pudieran contar con la información, a efecto de ser proporcionada al Recurrente.
El Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero debe proporcionar de manera total y a su propia costa la información referente a empleados y trabajadores del Ayuntamiento que al mismo tiempo mantienen una relación laboral con el IEEPO, así lo señaló el Consejo General del IAIPO en la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0230/2020/SICOM.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I.0250/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Santa María Huatulco deberá informar si tiene celebrado algún contrato/acuerdo con la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión, Asociación Oaxaqueña de Televisión A. C o Asociación Radiofónica Oaxaqueña A.C., copia del contrato y si ha realizado algún pago o aportación.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.044/2020 de la Secretaría de Pueblos Indígenas y Afromexicano, el IAIPO confirmó la respuesta emitida por este sujeto obligado.
Los recursos de revisión en contra de H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I.0219/2020/SICOM, R.R.A.I.0316/2020/SICOM, R.R.A.I.0318/2020/SICOM, y R.R.A.I.0336/2020/SICOM), Caminos y Aeropistas de Oaxaca (R.R.A.I.0380/2020/SICOM), H. Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino (R.R.A.I.0156/2020/SICOM y R.R.A.I.0168/2020/SICOM), Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0364/2020/SICOM), Hospital de la Niñez Oaxaqueña (R.R.A.I.099/2020 y R.R.A.I.117/2020), Secretaría General de Gobierno (R.R.A.I.0215/2020/SICOM), Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán (R.R.A.I.0368/2020/SICOM), Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (R.R.A.I.0378/2020/SICOM) y Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable (R.R.A.I.0456/2020/SICOM), fueron sobreseídos.