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Jaime GUERRERO
Por unanimidad de votos de la magistrada y magistrados, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (#TEEO) ordenó a la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (#Morena), transparentar el proceso de elección de sus candidatas e informe a la indígena afro, Rosa María Castro Salinas, los criterios con los que se definió la candidatura a la diputación plurinominal, respecto a la cuota afromexicana.
La Magistrada Presidenta, Elizabeth Bautista Velasco; y los Magistrados, Wilfrido Raymundo López Vázquez y el secretario general en funciones de magistrado, Miguel Ángel Ortega Martínez, dieron un plazo de 24 horas a ese partido político, a partir de la notificación de la sentencia de del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, JDC/106/2021 para acatar la sentencia.
La CNE de Morena, debe de hacer del conocimiento de Castro Salinas, sus razones para no declarar procedente su registro, además, le proporcione los datos e información sobre la metodología de las encuestas realizadas, así como de los candidatos y candidatas que fueron electas.
Castro Salinas impugnó la resolución del Procedimiento Especial Sancionador con clave CNHJ-OAX-770/221, de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena y pedía se le incluyera como propietaria en los primeros lugares de la lista de candidatas y candidatos a diputados por el principio de representación proporcional.
En respuesta el TEEO, declaró parcialmente fundados los agravios consistentes en que la CNE de Morena, faltó a su deber de resolver con perspectiva de género y con perspectiva intercultural, así como, el considerar que en la resolución impugnada la aplicación de la acción afirmativa a favor de una precandidata, es una potestad discrecional de MORENA, dejando de cumplir con ello, la acción afirmativa a favor de la ciudadanía afromexicana.
Para el TEEO, la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA tiene una facultad discrecional, en atención a los estatutos de ese partido, por lo que, en relación a lo solicitado por Castro Salinas, para que sea integrada como candidata a diputada pluri, “no le asiste la razón”, sentenció el TEEO.
Sin embargo, en la sentencia, la y los magistrados del TEEO, advierten que la CNE de Morena no refirió porque de manera puntual la actora no cumplió con las estrategias políticas de ese partido, de ahí que, se estima como parcialmente fundado dicho agravio.
Bajo esa perspectiva, ordenaron a la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA para que haga del conocimiento a Castro Salinas, los criterios tomados en cuenta para efectuar la valoración política mediante la cual se definió la candidatura a la diputación por el principio de representación proporcional en Oaxaca.
Asimismo, le informe las razones para no declarar procedente su registro como candidata pluri, le proporcione los datos e información sobre la metodología de las encuestas realizadas, así como, de los candidatos que fueron electos.
Y es que para la y los magistrados, Morena no realizó un análisis tomando en consideración que Castro Salinas, pertenece a dos grupos que han estado en desventaja históricamente, su género mujer y por autoadscribirse como afromexicana.
El TEEO, advirtió a los integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones de Morena que, en caso de no dar cumplimiento íntegro a todo lo que se le ordenó mediante la sentencia, se les impondrá como medio de apremio una amonestación.
Además, se ordenó a Morena, que en un plazo de 24 horas, a partir de la notificación, remita al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) todas las constancias y expedientes completos del proceso de selección interna de candidatos a diputados pluris, para cumplir con las acciones afirmativas emitidas en favor de la comunidad afromexicana de Oaxaca.
De paso, vinculó al IEEPCO para que verifique que Morena cumpla con la ley electoral y los lineamientos de paridad y a favor de los grupos afros, relacionadas con la implantación de acciones afirmativas.