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Maira Ricárdez
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que obtiene un trabajador por desempeñar actividades productivas a cambio de un salario dentro de una empresa, deberá recibirlo antes del 30 de mayo o hasta el 29 de junio las personas físicas con actividad empresarial.
Los trabajadores que tienen derecho a esta prestación son quienes hayan laborado al menos 60 días dentro de una empresa con utilidades de 300 mil pesos o superiores en su declaración fiscal 2020; si la persona física o moral cumple con este requisito, podrás recibir dicho reparto aun cuando ya no formes parte de su equipo de trabajo.
Sobre el monto que deberás recibir:
De acuerdo al Artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el monto máximo que deberá recibir cada trabajador es de tres meses de salario o la parte proporcional de la participación recibida al menos en los últimos tres años.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, las empresas y patrones que incumplan con el reparto de utilidades en tiempo y forma, serán acreedores a multas que van de los 50 a los cinco mil salarios mínimos, esto es, de 7 mil 85 pesos hasta 708 mil 500 pesos.
El monto a recibir dependerá de las ganancias generadas por el patrón o empresa. Se calcula con el número de días trabajados en un año y por el monto de salarios devengados, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El salario que se considera es por cuota diaria, sin incluir ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), si las y los trabajadores no reciben esta prestación o se les paga de forma incompleta, tienen un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecido, para reclamar el pago de las utilidades.