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Jaime GUERRERO
El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó interponer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de las reformas realizadas por la LXIV Legislatura de Oaxaca, que entre otras cosas contempla la desaparición del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de
Oaxaca IAIP Oaxaca para dar paso al Órgano de Transparencia y Buen Gobierno.
Simultáneamente trabajadores del IAIP, interpusieron un amparo indirecto por considerar que la reforma constitucional ponen en riesgo su relación laboral.
De acuerdo al número de expediente: 623/2021, presentado el pasado 10 de junio ante la mesa VII, los empleados del IAIP, combaten el decreto 2473 mediante el cual entregó en vigencia la reforma al apartado C, los párrafos primero, segundo, tercero, quinto, sexto, séptimo y octavo; las fracciones IV, V y VIII, todos del apartado C del artículo 114 de la Constitución Política de Oaxaca.
Los trabajadores argumentan que existen una violación a los artículos constitucionales violados: 1, 14, 16 y 12.
Por lo pronto, el 11 de junio, el juzgado noveno de distrito emitió el acuerdo por el cual se admitió el Juicio de Garantías promovido por los trabajadores de IAIP, por considerar que la reforma constitucional contiene modificaciones sustanciales en las que ponen en riesgo su relación laboral, al no haberse señalado disposiciones que establezcan las condiciones en las que deberán quedar los trabajadores adscritos al IAIP.
En tanto, los actuales comisionados del IAIP, María Antonieta Velazquez Chagoya y el militante del partido Morena, Fernando Gómez, recurrieron al amparo.
Por su parte, el pleno del INAI, aprobó en sesión ordinaria interponer una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN, en contra de las reformas realizadas por LXIV Legislatura, que entre otras cosas contempla la desaparición del IAIP.
Por unanimidad, los comisionados del INAI consideraron que la modificación al apartado C del Artículo 114 de la Constitución de Oaxaca, publicada en el Periódico Oficial del Estado el pasado 1 de junio, contraviene distintas disposiciones de la Constitución Política Federal y atenta contra los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.
De acuerdo a los comisionados del INAI, se considera cuestionable la forma en la que se realizó el proceso legislativo, la desaparición del Órgano garante local pone en riesgo la garantía de los derechos de acceso a la información y protección de datos y la posibilidad de que se puedan recurrir las resoluciones del Instituto local a través del Consejero Jurídico.
El comisionado Adrián Alcalá Méndez del INAI destacó que la acción de inconstitucionalidad deriva porque la Reforma afecta los principios que regulan los ejercicios de los derechos fundamentales de acceso a la información y protección de datos personales.
El Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, avaló que el titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, interponga la acción de inconstitucionalidad por la posible violación de la autonomía y del derecho de permanencia de las instituciones creadas confirme a los procedimientos que establece el Artículo Sexto de la Constitución.
“Por esa razón elevamos esta consideración en espera de la resolución de la Suprema Corte”, manifestó.
Por su parte, la Comisionada Josefina Román Vergara, expuso que desde la aprobación de la Reforma, el INAI ha advertido que las modificaciones pudieran causar un perjuicio al derecho de acceso a la información y al derecho a 9+ 9+ 78 Con acción de inconstitucionalidad ante la SCJN la protección de datos personales de la sociedad oaxaqueña.
“No se establecen con claridad los mecanismos a partir de los cuales se garantizarían estos dos derechos fundamentales y queda entredicho que pasaría con el personal y el pleno que integran actualmente el IAIP”, puntualizó.
El Comisionado Oscar Guerra Ford, argumentó que la Constitución Federal otorga, de manera excepcional, la facultad para que el consejero jurídico de la Presidencia de la República impugne las resoluciones del INAI por razones de seguridad nacional, una facultad que no es replicable a nivel local, pues la seguridad nacional únicamente es de competencia federal.
Blanca Lilia Ibarra Cadena, Comisionada Presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, consideró que esta acción de inconstitucionalidad permitirá que el máximo tribunal del país determine si la reforma a la constitucional de Oaxaca en materia de acceso a la información y protección de datos personales, “se apega a los máximos previstos en nuestra constitución federal para garantizar esos derechos humanos”.
“Estamos seguros que la resolución que emita la Suprema Corte de Justicia será un instrumento que nos dote de seguridad jurídica y se asegurará que exista la homogeneidad de nuestro sistema en materia de transparencia y sobre todo en las leyes locales”, afirmó.