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Jaime GUERRERO
El dirigente nacional del Partido Revolucionario Institucional (#PRI), Alejandro Moreno Cárdenas, lanzó la convocatoria para la selección de la candidatura a gobernador de Oaxaca, en la que cerró el paso a personas violentadoras políticas, deudoras alimentarias y violentadoras sexuales.
Así mismo, estarán obligadas a presentar sus declaraciones patrimoniales, de intereses y fiscales.
El órgano auxiliar de la Comisión Nacional de Procesos Internos, es la instancia responsable del proceso interno, de organizaría, conducirlo y validarlo; así como garantizar que durante su desarrollo se observen los principios rectores de certeza, objetividad, legalidad, imparcialidad, equidad, máxima publicidad y transparencia.
La elección de la o el candidato a la gubernatura será la convención de delegados, previa designación directa del dirigente nacional del PRI, que tendrá el aval del Gobernador, Alejandro Murat Hinojosa.
El registro de las y los aspirantes simpatizantes y militantes a la precandidatura a la gubernatura del Estado se llevará a cabo el 20 de enero de 2022 a partir de las 11:00 y hasta las 13:00 horas, en el domicilio que apruebe el órgano auxiliar.
Dentro de las 24 horas posteriores al término de la jornada de registro, el órgano auxiliar revisará los documentos recibidos y evaluará la acreditación de requisitos y, en su caso, aprobará y expedirá el dictamen que corresponda a cada persona aspirante registrada a más tardar el 21 de enero de 2022.
En el caso de que solo se registre una persona aspirante o de resultar procedente el registro de una sola, transitará de manera automática a las actividades de precampaña con la militancia en el periodo aprobado por la autoridad administrativa electoral local y quedará sin materia las fases subsecuentes relativas a la elección de las y los delegados a la Convención Estatal, así como la de la jornada electiva interna.
En caso de proceder la jornada electiva interna para la elección y postulación de la candidatura a la gubernatura se celebrará el 10 de Febrero de 2022, la cual se notificará a las delegadas y los delegados electores, con anticipación a dicha Convención Estatal.
Será declarada candidata o candidato a la gubernatura del Estado quien cumpla los requisitos constitucionales, legales, estatutarios, reglamentarios, así como los acordados por el Consejo Político Estatal, por la Comisión Política Permanente, por la autoridad administrativa electoral y por el órgano auxiliar y, que obtenga mayoría de votos válidos recibidos en la jornada electiva y, en consecuencia, reciba la constancia que corresponda.
Entre los requisitos que establece la dirigencia nacional del PRI para sus aspirantes a la gubernatura de Oaxaca, están:
Mostrar una conducta pública adecuada, no haber recibido condena por delito doloso del orden común o federal en el desempeño de funciones públicas, o por ejercer violencia política por razón de género.
No tiene conflicto de interés; así mismo, designar a un profesional en materia de administración, finanzas o contaduría, como responsable del manejo, control y comprobación del origen y destino de los ingresos y egresos de su precampaña.
No estar inscrita o inscrito en el Sistema Nacional de Registro del Instituto Nacional Electoral o del Organismo Público Local Electoral de personas que hayan recibido condena o sanción por violencia política contra las mujeres en razón de género.
No haber sido una persona que haya recibido condena o sanción mediante resolución Firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
Entre otros candados, se estableció No haber sido una persona que haya recibido condena o sanción mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
De la misma forma, no haber sido una persona que haya recibido condena o sanción mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarlas, y que no se encuentre en ningún registro vigente de algún padrón de deudores alimentarios.
Quienes desempeñen un puesto de dirigencia partidaria ejecutiva territorial del nivel correspondiente o superior al de la elección de representación popular o servidor público de mando medio o superior, deberán solicitar licencia al cargo en los términos legales o al momento de la presentación de la solicitud de registro como aspirante en el proceso y mantenerse en esa condición al menos hasta la conclusión del proceso interno.
Quienes se desempeñen o se hayan desempeñado en el servicio público deben entregar constancia de presentación de la declaración inicial de situación patrimonial o modificación de la misma, o en su caso, de conclusión del cargo.
Quienes sean contribuyentes deben entregar copias certificadas de los acuses de presentación de la declaración fiscal del último ejercicio.
Además, debe contar con alguno de los siguientes apoyos:
El 25% de la estructura territorial, identificada a través de los comités municipales del Partido en la entidad: y/o los sectores: Agrario, Obrero y Popular; de las organizaciones: Movimiento Territorial, Organismo Nacional de Mujeres Priistas, Red Jóvenes x México y la Asociación Nacional de la Unidad Revolucionaría. A. C.
El 25% del total de consejeras y consejeros políticos nacionales que radiquen en la entidad y de consejeras y consejeros de los consejos políticos estatales y municipales de la entidad; y/o de las personas afiliadas inscritas en la Coordinaciún Nacional de Afiliación y Registro Partidario del Comité Ejecutivo Nacional con residencia en la entidad.