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Jaime GUERRERO

Por mayoría de 4 votos en favor y 3 en contra, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (#IEEPCO), otorgó el registro de partido político estatal a Fuerza Por México, a partir del primero de agosto del 2022.

Al examinar los argumentos vertidos en el proyecto de resolución IEEPCO-RCG-02/2022, elaborado por el Consejero, Wilfrido Almaraz Santibáñez, las consejeras Nayma Enríquez Estrada, Carmelita Sibaja Ochoa y Zaira Hipólito, manifestaron su rechazo porque afirmaron que ese instituto político, carece de representatividad, al tomar en cuenta solo la votación de 153 ayuntamientos que se rigen por la vía de Partidos.

Por lo pronto, aprobado el proyecto, se ordenó expedir la constancia de registro correspondiente y notificar la resolución a la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes para que realice la redistribución del financiamiento público local que se otorgará a los partidos políticos acreditados y con registro para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y específicas.

Sibaja Ochoa, manifestó su rechazo al acuerdo, debido a que existían una serie de requerimientos a la dirigencia que encabezará, Salome Martínez Salazar.

Al anunciar que se apartaba del proyecto, argumentó que Fuerza Por México, carecía de estatutos completos, no se reglamentado los organismos internos y existe conflicto en la integración del órgano directivo. Lo mismo carece de domicilio legal.

Es delicado porque estamos entregando el nombre y uso de una marca, pero no sabemos quién es dueño de la marca por los conflictos que hay al interior de la dirigencia de esa agrupación, incluso que hay sentencias que algunas de estás personas han sido condenadas por violencia política por razón de género”, asestó el alusión a Martínez Salazar.

Sibaja Ochoa, aseguró que las faltas a la normativa interna no son menores porque se incumple en la atención que deben de dar los partidos políticos en los casos de violencia política contra las mujeres por razón de género.

Advirtió también que para que un partido político conserve su registro, si bien existe normativa general para tomarse en cuenta, en Oaxaca hay una diferencia de composición de 417 municipios de sistemas normativos indígenas y 153 que se rigen por la vía de los partidos.

Aseguró entonces que para conservar el registro de partido político estatal, el apoyo que se debe considerarse para mantener el registro local debe ser el que represente el Estado de Oaxaca.

A mi consideración no sería la votación recibida en los ayuntamientos. La votación que debe de considerarse es la diputaciones al Congreso del Estado o la Gubernatura porque éstas tienen la posibilidad de que sea la ciudadanía de toda la entidad federativa que se pronuncie con su voto, mientras que con la votación de Partidos solo son 153 municipios que no son la mitad de los 570”, cuestionó.

Para la consejera Sibaja Ochoa, es importante tomar en cuenta el principio de representatividad porque los partidos políticos como entes es fomentar la participación de la ciudadanía y debe quedar manifestado el respaldo ciudadanía.

En cambio el criterio que adoptan los consejeros, Elizabeth Bautista Velazco, Jessica Hernández, Wilfrido Almaraz Santibáñez y Alejandro Carrasco Sampedro, rompió el principio de representatividad, al no dejar a la población de 417 municipios, pronunciarse con su voto, además de que reciben impuestos de los 570 municipios y no solo de 153 para recibir prerrogativas.

Además calificó como un ejercicio excesivamente oficioso de la Dirección de partidos políticos del IEEPCO y criticó que la Comisión que encabeza el consejero Almaraz Santibáñez, incurrió en omisiones y cuestionó su papel al integrar el proyecto de acuerdo.

De paso acusó discriminación de hacía los municipios de sistemas normativos que no fueron tomados en cuenta en el proyecto.

En defensa del acuerdo, Almaraz Santibáñez, admitió que Fuerza Por México no dio contestación en tiempo, sin embargo, la dirección de Partidos Políticos, recibió con fecha 1 y 2 de julio, documentos faltantes al igual que documentación del INE.

En el caso de las omisiones de los estatutos de Fuerza Por México, en relación a la sanción y prevención de la Violencia Política en Razón de Género y sobre la participación política de las mujeres, aseguró que la carencia de esos elementos no es una causa para detener el procedimiento y en todo caso se debe dar un plazo breve para adecuar los estatutos, por tanto se le da un plazo razonable de 60 días para adecuar los documentos básicos.

Eso lo fundamentó en lineamientos emitidos por el INE. En el caso del domicilio legal, Almaraz Santibáñez, apunto que, será subsanado.

Respecto a la votación de concejales, destacó que en otros casos para analizar la perdida de un registro ha tomado en cuenta la votación de concejales, el umbral del 3 por ciento del total de la votación.

“En una aplicación sistemática, dijo, si se toma en cuenta para la perdida, también se debe de tomar en cuenta para el registro, pero aún más el articulo 95 de la Ley General de Partidos Políticos manifiesta que para recibir un registro local un partido nacional, debió postular al menos el 50 por ciento de candidaturas en los distritos y concejalías”, apuntó.

A juicio de Almaraz Santibáñez, el tomar en cuenta solo la votación de los 153 municipios de partidos políticos, si es representativo si se toma en cuenta que en el 2021 se tuvo una votación de 1 millón 600 mil de diputaciones, mientras que en los 153 municipios se obtuvo 1 millón 200 mil votos, mientras que en la pasada elección de gubernatura se obtuvo una votación similar.

El también presidente de la comisión de prerrogativas y partidos políticos, justificó que las votaciones de ayuntamientos del 2021, se realizaron en los municipios más grandes de Oaxaca con mayor representatividad.

En su participación, el representante del PRI, pidió copias certificadas de la documentación integrada en el expediente, en un claro anuncio que impugnará la determinación del Consejo General a favor de Fuerza Por México.

En el mismo sentido, el presentante del PRD, manifestó su rechazo y pidió copias certificadas para una inminente impugnación.

Al fijar posicionamiento en contra, la consejera, Nayma Enríquez Estrada, recordó que Fuerza Por México, perdió su registro a nivel nacional y en el terreno local, carece el principio de representatividad.

Recordó que en pasados acuerdos, se ha analizado los porcentajes de votación que tienen los partidos políticos en las elecciones ordinarias para conservar o perder el registro, debido a que debieron acreditar el 3 por ciento de la votación total emitida en la elección local inmediata anterior.

Mientras que el proyecto de resolución solo toma en consideración la votación que obtuvo Fuerza por México en las elecciones de concejalías que fue del 3.75 por ciento, no así el porcentaje de votación emitida en diputaciones al congreso del Estado que fue del 2.68 y por si solo es insuficiente.

Enríquez Estrada, criticó que solo se tomará en cuenta el de concejalías, porque se debió tomar en cuenta el de diputaciones al congreso del estado. Concedió que la norma general emitida por el INE para dar vigencia al articulo 95 de la Ley General del Partidos políticos, pasa inadvertido el contexto de Oaxaca.

Lamentó que en el 73.15 del territorio oaxaqueño los municipios que se rigen por sistemas normativos indígenas, no fueron tomados en cuenta. “Si ha obtenido el apoyo y respaldo de la ciudadanía es dable que obtenga su registro. La votación en los 25 distritos electorales NO en 153 municipios”, lanzó al coincidir con el posicionamiento de la consejera Sibaja Ochoa.

Al final votaron a favor, las consejeras Elizabeth Bautista Velazco, Jessica Hernández, Wilfrido Almaraz Santibáñez y Alejandro Carrasco Sampedro, éste último fue el fiel de la balanza y dio giro en el acompañamiento de las votaciones que tradicionalmente ha realizado en contra de Bautista Velazco, Jessica Hernández y Almaraz Santibáñez.