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Tras la suspensión de labores del pasado 22 de febrero del 2024 en el Hospital Civil “Dr. Aurelio Valdivieso” debido a una escasez de agua potable, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió Medidas Cautelares en seguimiento al cuaderno de antecedentes DDHPO/CA/0051/(01)/OAX/2024, solicitando acciones integrales al Estado que eviten producir daños de difícil o imposible reparación en detrimento al derecho a la salud de la ciudadanía oaxaqueña.

En este sentido, la DDHPO informó que al documentarse dichas circunstancias en el nosocomio, considerando el más grande con el que cuenta el Gobierno del Estado en su demarcación territorial, se estarían violentando los derechos de integrantes de grupos vulnerables como son niñas, niños, y adolescentes, mujeres, integrantes de la comunidad LGBTTTIQ, personas con discapacidad, personas mayores, entre otros, y en general a toda la población oaxaqueña.

Por tanto, siendo la salud un derecho humano fundamental e indispensable para el ejercicio de los demás derechos humanos, así como el derecho humano al agua que se erige como derecho de todas las personas; le corresponde al Estado garantizar el acceso a ambos, por lo cual este organismo defensor dirigió estas medidas cautelares a la Dirección General de los Servicios de Salud de Oaxaca y al Director General del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

Una vez que la Defensoría analizó los sucesos, considera que la circunstancias cuentan con los riesgos latentes, al presentarse nuevamente una suspensión del servicio de agua potable, lo cual conlleva un peligro inminente para la integridad física y la salud de las personas que acuden a recibir atención médica a dicho hospital, asimismo determinó que es urgente la atención, ya que afecta directamente al personal médico, lo cual puede agravar sus condiciones de salud al no contar con el servicio necesario.

En ese sentido, la DDHPO considera que de no realizarse las acciones necesarias se podrían sufrir daños de imposible reparación a la seguridad jurídica de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas mayores, así como a su integridad física y psicológica, o incluso de su vida en detrimento de sus derechos humanos.

Por ello, solicitó a la Secretaría de Salud de Oaxaca que en el ámbito de su competencia busque el establecimiento de una planta de tratamiento de agua residual adecuada en el Hospital Civil “Dr. Aurelio Valdivieso”, así como la adopción de los mecanismos y acciones efectivas que garanticen los servicios de salud con los que cuenta ese nosocomio.

También solicitó la colaboración al Director General del Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado para que de manera coordinada y en el ámbito de sus competencias implemente las estrategias necesarias para garantizar el suministro constante y suficiente de agua potable de calidad en dicho nosocomio y de los demás centros de salud públicos, hospitales y clínicas con los que cuente el Estado, a fin de evitar la suspensión de servicios que puedan poner en riesgo la vida de las y los oaxaqueños.

Esta Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca conforme a sus facultades y competencias se mantendrá vigilante de la actuación de los servidores públicos que integren las instituciones involucradas, asimismo reconoce el derecho a la salud y al agua como un derecho de todas las personas, por ello brindará puntual seguimiento a dichas medidas emitidas y de esta manera evitar probables violaciones graves a los derechos humanos de imposible reparación.