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Jaime GUERRERO
La LXIV Legislatura, pidió a los integrantes del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, solicitar al Órgano Superior de Fiscalización del Estado, una auditoría a la Secretaría Ejecutiva al Sistema Estatal de Combate a la Corrupción por el recurso público ejercido en 2018.
Así mismo, exhortó a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción para que informe al Congreso del Estado, los criterios utilizados para la contratación del personal que labora dentro de esa Secretaría, ante posibles actos de nepotismo y dispendió de recursos.
La propuesta aprobada por el pleno, fue presenta por la diputada del PAN, María de Jesús Mendoza Sánchez.
El Comité Coordinador del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, Nombra al Secretario Técnico y con ello inicia las funciones de la “Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción”, institución pública que de acuerdo a los artículos 24 al 29 de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, la hacen un ente público que es Sujeto Obligado de la rendición de cuentas, la fiscalización y transparencia.
Y es que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestaria, financiera y de gestión.
De acuerdo con el proyecto de presupuesto de egresos presentado por el Ejecutivo del Estado se le destina presupuesto público el cual se le asignará en cada ejercicio fiscal en congruencia con sus facultades y necesidades institucionales; siendo una garantía inamovible que su presupuesto anual asignado no sea inferior al otorgado el año inmediato anterior más el índice inflacionario o, en su defecto, se le destine un porcentaje fijo del presupuesto de egresos correspondiente.
La Secretaría Ejecutiva tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal. Cuenta con un patrimonio integrado por: Los bienes que le sean transmitidos por el Gobierno del Estado para el desempeño de sus funciones; Los recursos que le sean asignados anualmente en el Presupuesto de egresos del Estado; y, Los demás bienes que, en su caso, le sean transferidos bajo cualquier otro título.
Tendrá servidores públicos que percibirán un salario proveniente del presupuesto público. Pagará honorarios a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana. Realizará adquisiciones y formalizará contratos que deberán de sujetarse a la Ley de Adquisiciones del Estado y a la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Luego entonces, todos los ejecutores del gasto deben de someterse a lo anteriormente a la rendición de cuentas y por lo tanto la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción, de igual forma, es sujeta a recibir recursos públicos para el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y legales pero es responsable de rendir cuentas, es un ente fiscalizable y es un Sujeto Obligado a cumplir con la transparencia gubernamental, de ahí que debe de incluirse expresamente en las disposiciones constitucionales que se propone reformar.