#RedacciónOaxaca

#Oaxaca

Jaime GUERRERO

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que obligaba a los partidos a postular a 7 mujeres en las 15 Gubernaturas en disputa en 2021, y vinculó a los partidos políticos a hacer efectiva la paridad en el actual proceso electoral.

También ordenó a los Congresos federal y locales a legislar sobre paridad para los siguientes procesos electorales.

El recurso de impugnación fue presentado por el PAN y por el senador de Morena y presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Ramírez Aguilar, acusando falta de competencia y facultades del INE para emitir medidas sobre paridad, algo que, según se expone, sólo compete al Congreso y a las Legislaturas locales.

Fue por mayoría de votos, como la Sala Superior del TEPJF, como revocó la resolución del INE que ordenaba a los partidos políticos la paridad de género con la postulación de siete mujeres como candidatas para competir por las 15 gubernaturas en 2021, al considerar que dicha autoridad se excedió en sus facultades, al violar el principio de reserva de ley.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, las y los Magistrados afirmaron que el hecho de que a la fecha no existan directrices por parte de la legislatura para la postulación paritaria en gubernaturas, no habilita a las autoridades electorales a imponer obligaciones a los partidos políticos, pues se trata de una cuestión que, constitucionalmente compete definir en exclusiva a los Congresos Estatales y al Congreso de la Unión.

Finalmente, acordaron vincular a los partidos políticos a que, en la medida de lo posible, en atención a sus disposiciones internas, en las elecciones del próximo 6 de junio, en lo que toca a la selección de sus candidaturas a las gubernaturas, y respetando el principio de paridad de género, postulen el mayor número de mujeres posible.

Se vincula a los partidos políticos para que en la postulación de sus candidaturas a las Gubernaturas del presente proceso electoral hagan efectivo el principio de paridad.

“Y que esto sea acorde con lo que hoy se ha discutido en esta sesión y que consta en las versiones estenográficas”, señaló la sentencia leída por el presidente del Tribunal, el Magistrado José Luis Vargas Valdez.

La resolución se volvió confusa luego de que cuatro de siete magistrados votaran a favor de la vinculación a los partidos políticos de cumplir con esa obligación constitucional y que el Magistrado presidente del Tribunal José Luis Vargas Valdez dijera luego del resultado, que ésta medida era incongruente con los resolutivos previos.

Previamente, la mayoría integrada por Vargas Valdez, Felipe Fuentes, Indalfer Infante y Felipe de la Mata habían votado por la revocación del acuerdo del INE por carecer este órgano de atribuciones para dar lineamientos, e insistir en que eran atribuciones de los Congresos Federal y locales y debían cumplirlas.

En minoría había quedado el que el Tribunal ordenara a los partidos cumplir con paridad constitucional y postular en el actual proceso electoral al menos a 8 de 15 candidaturas a gubernaturas.

Esta propuesta, original de la Magistrada ponente Janine Otálora, fue apoyada por los Magistrados Mónica Soto y Reyes Rodríguez.

Sin embargo, en la discusión, el Magistrado De la Mata, si bien coincidió en revocar el acuerdo del INE, no estuvo de acuerdo en que el Tribunal ordenara a los partidos las 8 candidaturas, y propuso modificar ese resolutivo y que quedara solo como una vinculación a los partidos a cumplir con la paridad constitucional en el actual proceso electoral.

La Magistrada ponente aceptó la modificación y así lo hizo saber al pleno y así lo votó. Esta propuesta de De la Mata logró mayoría ante la sorpresa del Magistrado presidente Vargas Valdez.
Se dio entonces una discusión de cerca de una hora en donde los magistrados aclararon sus votos, particularmente de Felipe de la Mata, que fue quien propuso la modificación de votar por la vinculación a los partidos políticos para la postulación de mujeres en 7 gubernaturas.

La Magistrada ponente Janine Otálora, insistió en que aceptó la modificación y sostenía su proyecto original de hacer cumplir a los partidos con la paridad ordenada en la Constitución. Lo aclaró al momento de votar y en la discusión posterior, que había aceptado la modificación de uno de los resolutivos a propuesta del Magistrado De la Mata y cambiarlo por la vinculación a los partidos con las 7 candidaturas obligatorias y no ordenarles que postularan a ocho mujeres de 15 como fue su propuesta original.

Por esta modificación propuesta por el Magistrado De la Mata, votaron, además los magistrados Otálora, Mónica Soto y Reyes Rodríguez. Los otros tres Magistrados de la sala, el presidente Vargas Valdez, y los magistrados Felipe Fuentes e Indalfer Infante, votaron por un “exhorto” a los partidos y no por la vinculación.

Sorprendido por la mayoría lograda con la vinculación a los partidos a cumplir con la paridad y haber perdido el exhorto impulsado por él, el Magistrado presidente Vargas Valdez dijo que era contradictorio porque el proyecto original había sido rechazado.

Habló de incluir los resolutivos en un engrose y preguntó el turno del Magistrado al que le tocaría el trámite, quedando en que era a él mismo, a su ponencia.

La Magistrada Otálora defendió su proyecto y sus modificaciones y dijo que éstas eran válidas y producto de la discusión y que así se había hecho varias veces. El Magistrado Vargas insistía una y otra vez en que su proyecto había sido rechazado.
Y entraron en una discusión jurídica en donde el Magistrado Indalfer Infante dijo que si el proyecto original había sido rechazado, procedía un “returno”, la asignación a otra ponencia, y no un “engrose”. Si se aceptaba la modificación era “engrose”.