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Denisse Cruz y Maira Ricárdez
El 9 de febrero del 2020, Ingrid Escamilla, de 25 años de edad, fue asesinada dentro de su casa en la alcaldía Gustavo A. Madero a manos de Erick Francisco, su pareja; quien fue detenido por ser el presunto feminicida.
Policías llegaron a la escena del crimen y se encontraron con el cuerpo desollado; en los siguientes minutos las redes sociales estaban inundadas con imágenes de la sangrienta escena, las fotografías de la víctima fueron filtradas de forma viral, generando una directa revictimización para la familia ante un hecho dantesco.
Este crimen indignó al país no sólo por la brutalidad del hecho, sino por la exhibición del cuerpo de Ingrid en las portadas de dos diarios de nota roja donde mostraron su fotografía, desnuda y descarnada; esto detonó en marchas feministas contra dos periódicos, sólo uno se retractó y se comprometió a tratar los casos con la dignidad y profesionalismo requeridos., y el 14 de febrero de 2020 un contingente de mujeres, llegó a las inmediaciones del diario que guardó solo silencio y prendieron fuego a una camioneta del diario.
A un año de estos hechos, la fiscal de la Ciudad de México, Ernestina Godoy Ramos, propuso la creación de la Ley Ingrid, misma que fue aprobada este 23 de febrero del 2021, la cual busca sancionar penalmente, de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización, a servidores públicos que difundan información o documentos del lugar o los hechos del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal. El objetivo es proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres, la ley permitirá que las personas servidoras públicas no filtren imágenes o videos de manera ilegal e incluso se comercialicen.
Con este antecedente, el pasado 18 de febrero, la sexagésima cuarta legislatura de Oaxaca reformó el Código Penal de la entidad, ello con el objetivo de erradicar la exposición pública o mediática de fotografías o contenido audiovisual explícito de víctimas de algún delito.
La adición de la Fracción VII al artículo 207 de la legislación local dice: “a quien difunda, comparta o intercambie imágenes, documentos, audios o videos del lugar de los hechos; indicios, evidencias, objetos, de cadáveres o partes de ellos”, podrán ser acreedores a una pena de dos a siete años de prisión y de 30 a 50 días de multa.
México tiene una legislación muy avanzada en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y en la protección de la violencia que las golpea. Cada día, en promedio, hay 10 víctimas de feminicidio y la impunidad es galopante. Menos del 10% de los crímenes acaba en una condena. “En México hay permiso para matar”, considera la abogada feminista Zacatecana Mara Muñoz. “La legislación mexicana es del primer mundo considera, se han firmado numerosos tratados internacionales, se ha reformado la Constitución para atender los derechos humanos, se han aprobado leyes de vanguardia; el andamiaje legal es de un Estado moderno. El problema surge a la hora de implementar la legislación. Mara considera que “esto se debe a la falta de capacitación y experiencia científica de la policía, los peritos judiciales, los agentes de la Fiscalía. Los funcionarios continúan teniendo una idiosincrasia contraria a los Derechos Humanos”