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Jaime GUERRERO

Con 75 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones, el Senado de la República, aprobó una reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación para castigar con 3 a 7 años de cárcel y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quienes dañen o destruyan vías generales de comunicación, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de medios de transporte y la operación de los servicios de casetas de peaje.

La reforma fue al fue al Artículo 533 para quedar como sigue:

A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

En las consideraciones establecidas en el dictamen aprobado por el pleno, los y las senadoras, reconocen el derecho de las y los ciudadanos en manifestarse de manera libre y pacífica, como un derecho consagrado en nuestra Constitución.

Sin embargo, consideraron las afectaciones económicas a la cadena productiva, cuyo pilar es el uso y aprovechamiento de las vías generales de comunicación.

La seguridad y coadyuvar en el buen funcionamiento de las vías de comunicación en el territorio nacional, la Ley de la Guardia Nacional establece en su artículo 9 que la Guardia Nacional tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

Salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos en:

Las zonas fronterizas y en la tierra firme de los litorales, la parte perteneciente al país de los pasos y puentes limítrofes, aduanas, recintos fiscales, con excepción de los marítimos, secciones aduaneras, garitas, puntos de revisión aduaneros, los centros de supervisión y control migratorio, las carreteras federales, las vías férreas, los aeropuertos, el espacio aéreo y los medios de transporte que operen en las vías generales de comunicación, así como sus servicios auxiliares.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que la toma de casetas que se ha registrado en varias autopistas del país ha generado pérdidas económicas por aproximadamente 4 mil 121 millones de pesos en el año 20201.

En otro dato, de acuerdo con Marco Frías, Director General de la Asociación Mexicana de Concesionarios de Infraestructura Vial (AMCIV)2, las personas que recurren al “boteo” para dejar pasar a los automovilistas, en promedio registran la toma de 10 casetas diarias a lo largo del territorio nacional.

Los estados en los que se observó mayor incidencia de estos hechos de toma de casetas fueron: Baja California, Sonora, Nayarit, Michoacán y Jalisco .

El dictamen destaca que la práctica reiterada de estas acciones de bloqueo, ponen en riesgo latente la vida y los bienes de las personas que transitan por las carreteras de cuota del país y que de forma recurrente se han visto afectadas al ser tomadas por diversos grupos.

Y es que la obstrucción a las vías generales de comunicación y las tomas de casetas representan actos que transgreden el sistema normativo.

En un principio respondían a medidas extremas adoptadas por sectores sociales, que con las mismas trataban de hacer visibles sus demandas en carreteras de destinos turísticos o de muy amplia circulación, sobre todo en periodos de mayor tránsito en las mismas, destacadamente en los periodos vacacionales.

No obstante, las tomas de caseta motivadas por reclamos sociales han ido evolucionando negativamente y se han convertido en puntos de elevado peligro al tener por objeto ahora la extorsión a los usuarios de estas carreteras federales de cuota, como lo señalan las autoridades.