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Jaime GUERRERO

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el uso de lenguaje basado en estereotipos y prejuicios en los actos de autoridad afecta el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; por lo que toda la labor y las actuaciones de las y los juzgadores que intervienen en casos de violencia de género, debe ser libre de cualquier discurso u acción que revictimice.

El órgano jurisdiccional, refirió que diversas sentencias internacionales en las que se analizaron casos de mujeres víctimas de tortura sexual, todas dictadas en contra de México, se ha condenado el uso de frases, prejuicios personales y estereotipos por parte de las autoridades.

Y es que esas conductas afectan la objetividad de los funcionarios estatales encargados de investigar las denuncias, influyendo en su percepción para determinar si ocurrió o no un hecho de violencia, lo que afecta el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

La Sala determinó además que cuando su empleo impide el desarrollo de investigaciones apropiadas, les niega su derecho de acceso a la justicia.

Citó como ejemplo: cuando se califica un delito como pasional , se parte de un estereotipo que intenta romantizar y justificar la respuesta violenta que tienen los agresores contra las mujeres e intenta desviar las demás líneas de investigación que podrían llevar a la verdad de lo acontecido. 

La determinación de la Corte derivó de un amparo directo 1419/2023. Resuelto el 6 de diciembre de 2023 y publicado el 31 de mayo de 2024. El ministro Ponente fue Jorge Mario Pardo Rebolledo.