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Jaime GUERRERO
La diputada María Eulalia Velasco Ramírez, urgió a las autoridades de los 570 municipios de Oaxaca a presentar sus proyectos para las Leyes de Ingresos para el ejercicio fiscal del 2025.
En sesión ordinaria, la congresista resaltó la importancia de que dichas iniciativas estén elaboradas conforme a lo estipulado en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca y se presenten ante el Congreso local en el tiempo establecido, para su estudio y dictaminación correspondiente.
“Es importante resaltar que la Ley de Ingresos Municipal constituye un instrumento fundamental para la gestión financiera de los ayuntamientos, y es crucial para garantizar que las autoridades municipales cuenten con los recursos necesarios para llevar a cabo sus funciones y cumplir con las necesidades de sus comunidades”, destacó en tribuna.
“Su correcta elaboración y aprobación aseguran que los ingresos se destinen a proyectos y servicios que beneficien a la población, fortaleciendo así la capacidad de respuesta del gobierno municipal ante las demandas de la ciudadanía”, resaltó frente al pleno.
Bajo esa perspectiva, urgió a las autoridades municipales presentar los respectivos proyectos en el Congreso de Oaxaca a más tardar el 10 de diciembre de 2024.
La libre administración de la hacienda por cada municipio, se encuentra plenamente regulada por losartículos 115 fracción IV, de nuestra Constitución federal y 113, fracción II, de nuestra Constitución Local, mismos que armonizados establecen a favor de los municipios el control más efectivo sobre su hacienda pública y administración, lo que es crucial para su desarrollo y el bienestar de sus comunidades.
La Ley de Ingresos Municipal constituye un instrumento fundamental para la gestión financiera de los ayuntamientos, y es crucial para garantizar que las autoridades municipales cuenten con los recursos necesarios para llevar a cabo sus funciones y cumplir con las necesidades de sus comunidades.
Su correcta elaboración y aprobación aseguran que los ingresos se destinen a proyectos y servicios que beneficien a la población, fortaleciendo así la capacidad de respuesta del gobierno municipal ante las demandas de la ciudadanía.
Los ayuntamientos tienen un deber constitucional, que no pueden pasar por alto.
En términos del artículo 123, primer párrafo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, le corresponde al propio ayuntamiento, formular su ley de ingresos, considerando los objetivos y prioridades del desarrollo del mismo, de acuerdo con la disponibilidad de recursos, por lo tanto, es imperativo que la ley de ingresos sea presentada en el plazo que la propia ley indica, es decir, “a más tardar el último día del mes de noviembre de cada año…”.
El pasado 11 de noviembre, la LXV Legislatura deL Congreso, aprobó el Decreto 2518, mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; mismo que fue publicado en el Extra delPeriódico Oficial del Gobierno del Estado De Oaxaca, el doce de noviembre siguiente.
En dicho decreto, específicamente en su artículo tercero transitorio, se estipuló que: “en el presente ejercicio fiscal, los ayuntamientos de los municipios del estado tendrán hasta el diez de diciembre para presentar al congreso del estado de Oaxaca sus proyectos de ley de ingresos y presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2025, en la forma establecida en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca”.