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Jaime GUERRERO
El ex Secretario de Organización y líder de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, Ezequiel Rosales Carreño, fue detenido por presunta violencia sexual contra una pasajera con quien viajaba en un autobús de la ciudad de México a Oaxaca. Sin embargo, por influyentismo del ex director del IEEPO, Abel Trejo Gonzales, fue liberado.
La agresión sexual ocurrió el pasado sábado 4 de mayo a lo largo del viaje. La víctima denunció ante el chofer al ex dirigente de la Sección 22 del SNTE y solicitar el auxilio. El chofer solicitó el apoyo de la Policía Federal, quien lo detuvo y presentado ante las autoridades.
No obstante, a través del ex titular del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Abel Trejo González, fue liberado.
De acuerdo a la denuncia, Rosales Carreño, realizó tocamientos obscenos contra la pasajera que iba en el asiento a su lado.
“No puede ser que por pertenecer a un sindicato goce de impunidad, más aún cuando en Oaxaca han venido al alza los ataques de violencia sexual y violencia de muerte contra mujeres. Este tipo comenzó a hostigarme desde el inicio del viaje, y fue hasta San Pablo Huitzo cuando me arme de valor para solicitar el auxilio de la autoridad“, explicó.
Por lo pronto, la víctima exigió a la Fiscalía General del Estado, informar públicamente del estado actual de la carpeta de investigación que fue abierta tras la denuncia presentada.
La joven realizó todo el protocolo que implica denunciar este tipo de hechos, “pese a lo penoso que resulta para una mujer. Viví el hecho en carne propia. Lamento y me rehusó a pensar que este hombre salga impunemente a ver a quien más ataca”, declaró.
Agregó que tras su detención supo que en su teléfono celular encontraron más de 100 vídeos pornográficos.
El Código Penal de Oaxaca, establece que el acoso sexual está contemplado en el artículo 241 y es sancionado por penas de 1 a 3 años de prisión, así como con multas que van desde los 8 mil 60 pesos hasta los 16 mil 120 pesos.
Más aún, cuando el delito fuere cometido por un servidor público, docente o ministro de culto y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo primero, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión.
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“Es un peligro, más aún al tratarse de un maestro, esto es un riesgo para todas, particularmente para las niñas a las que imparte clases”, alertó.