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Jaime GUERRERO
Con 34 votos a favor, el pleno del H. Congreso del Estado de Oaxaca aprueba una reforma al Código Penal de #Oaxaca para castigar a quienes encubran a feminicidas hasta con 3.5 años de cárcel.
En la reforma llamada #LeyMonse, estableció que, la pena aplicará incluso a familiares y amistades quienes incurran en ello.
La reforma será al artículo 390 del Código Penal de Oaxaca, para sancionar con prisión y económicamente a quienes encubran delitos de feminicidio u homicidio doloso de mujeres.
Derivado de los casos en Oaxaca y en otros estados del país como Veracruz, donde los presuntos feminicidas han huido con la ayuda de familiares y de amigos, en el caso de la entidad oaxaqueña el Congreso local avaló este miércoles la eliminación de las “excusas absolutorias a favor de las redes de apoyo de los feminicidas y homicidas de mujeres, para evitar con esto que se continúe con la perpetuación de la impunidad”, refiere el dictamen aprobado.
Con el cambio aprobado, se estableció en el Código Penal la sanción de 15 días a dos años de prisión y multa de 20 a 500 veces la unidad de medida y actualización vigente a quien, requerido por las autoridades, no dé auxilio para la investigación de los delitos o para la persecución de los delincuentes.
Asimismo, para quien impida o dificulte la investigación de los delitos y el castigo de los culpables; a quien preste auxilio o cooperación de cualquier especie al autor del delito, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la ejecución del citado delito.
“Las excusas absolutorias contenidas en las fracciones I, III y IV no serán aplicables cuando se trate de delitos de feminicidio u homicidio doloso de mujeres, la excusa absolutoria prevista en la fracción II no será aplicable en los mismos casos a los parientes por consanguinidad en línea recta ascendente o descendente después del cuarto grado y en la colateral por consanguinidad después del segundo grado, ni a las personas que deben respeto, gratitud o amistad al sujeto activo”, establece el dictamen en el artículo 390.
Mariana Benítez Tiburcio fijo posicionamiento.