#RedacciónOaxaca
#Oaxaca
Jaime GUERRERO
Luego de que, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), declaró actos de violencia política en razón de género (VPRG) y obstrucción al ejercicio del cargo, atribuidos a la presidenta, Angélica Juárez y secretario del partico Nueva Alianza Oaxaca, Bersahín López, contra la Coordinadora del Movimiento de Mujeres de ese partido político, Adriana Altamirano Rosales, ese instituto político expulsó a la ex diputada.
En un comunicado, el instituto político que dirigen, Angélica Juárez y Bersahín López, informaron que, en congruencia con los principios y valores que rigen el funcionamiento de Nueva Alianza Oaxaca y en apego a las facultades legales, el Consejo Estatal determinó en Asamblea Extraordinaria, por unanimidad de votos, la expulsión, en carácter irrevocable, de la exdiputada Adriana Altamirano Rosales.
“Cumpliendo con las disposiciones estatutarias, el Consejo Estatal acordó esta expulsión por votación unánime de los consejeros asistentes, derivado de las violaciones trascendentales a los principios y valores del partido, así como a las obligaciones establecidas en los documentos básicos, en las que la persona referida incurrió de manera reiterada”, plasma el comunicado.
Asimismo, informa que, Nueva Alianza Oaxaca resolvió dicha expulsión en virtud del resultado de las investigaciones que desarrollan las instituciones de seguridad y justicia del Estado.
“En Nueva Alianza Oaxaca refrendamos nuestro compromiso con un ejercicio político responsable, ético, honesto y equitativo; reiteramos nuestro rechazo a todo acto delictivo y, en general, a todo acto de violencia, por lo que exhortamos a la suma de esfuerzos para garantizar entornos seguros y pacíficos en la vida política y social del estado”, agregó el comunicado.
En medio de la polémica, el TEEO dio vista a la Comisión de Quejas y Denuncias o procedimiento Contencioso Electoral del Instituto Electoral Local y Fiscalía General del Estado de Oaxaca, para que en el ámbito de sus competencias determinen lo que en derecho corresponda.
A través del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, con clave: JDC/31/2025, el Órgano Jurisdiccional determinó que los agravios expuestos por la parte actora, son sustancialmente fundados.
“Al acreditarse un patrón sistemático de actos y omisiones desplegados en su contra desde que ostentaba el cargo de Diputada local y posteriormente como Coordinadora, tales como la remoción indebida de su cargo, omisión de expedición de nombramiento, exclusión de actividades y redes institucionales, negativa de pago de dietas, falta de oficina y envío de mensajes con connotaciones sexuales, estereotipadas y denigrantes”, el TEEO determinó la violencia política.
La exdiputada local, señaló haber recibido llamadas y mensajes intimidantes, con contenido sexual y simbólicamente violento, así como amenazas relacionadas con su permanencia en el partido y decisiones legislativas.
Refirió haber sido excluida de eventos institucionales, eliminada de grupos de WhatsApp y bloqueada de su página oficial en Facebook.
En Sesión Pública, el Pleno consideró que las pruebas ofrecidas son evidencia de un patrón de exclusión, presión e intimidación, sin que el secretario general del Comité Directivo Estatal, desvirtuara de forma eficaz las imputaciones ni ofreciera pruebas para refutarlas.