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La periodista Myrna Susana Gómez Vázquez quedó sin la posibilidad de impugnar la reducción de las medidas de protección que le fueron otorgadas, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negara el amparo al considerar que el recurso fue presentado con un día de retraso.
La resolución generó la inconformidad del Foro Nacional de Periodistas y Comunicadores A.C., que advirtió que la comunicadora enfrenta una situación de riesgo y cuestionó que un criterio procesal prevaleciera sobre la protección de su vida, integridad y derecho al ejercicio de la libertad de expresión.
De acuerdo con el posicionamiento del organismo, la aplicación estricta de un plazo legal no debería impedir el acceso a la justicia cuando una persona enfrenta amenazas o condiciones de peligro extraordinario, pues ello puede dejarla en una mayor condición de vulnerabilidad.
El Foro hizo un llamado a la Suprema Corte para que, en casos donde existan riesgos graves para periodistas y personas defensoras de derechos humanos, prevalezca el principio *pro persona*, privilegiando la protección de la vida y los derechos fundamentales sobre formalismos procesales.
Asimismo, exhortó al Congreso de la Unión a reformar la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, a fin de establecer excepciones que permitan flexibilizar los plazos legales cuando exista fuerza mayor o un riesgo inminente.
La organización sostuvo que ninguna disposición procesal debe convertirse en un obstáculo para proteger a personas cuya vida e integridad se encuentran amenazadas, y reiteró que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad de quienes ejercen el periodismo.






