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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantuvo abierta la posibilidad de atraer asuntos relacionados con el ataque con ácido contra la saxofonista María Elena Ríos, al resolver un recurso de reclamación vinculado con la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 566/2026.
El Pleno declaró infundado el recurso de reclamación 212/2026 y confirmó el acuerdo que había admitido la solicitud para que la Corte analice la eventual atracción de los amparos relacionados con el caso.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa consideró que se trata de un “caso extremo” que permitiría a la Corte fijar criterios relevantes no sólo para la víctima, sino para mujeres y niñas víctimas de violencia feminicida y de género.
La ministra Lenia Batres también calificó el asunto como un caso de conocimiento público y destacó que se trata del intento de feminicidio contra María Elena Ríos mediante una agresión con ácido.
La votación fue dividida: cinco ministros respaldaron la procedencia del recurso y seis se pronunciaron a favor del estudio de fondo que permitió confirmar la admisión de la solicitud de atracción.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declaró impedida para intervenir debido a que, cuando encabezó la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR, tuvo conocimiento de los hechos y coadyuvó en el inicio y seguimiento de la investigación penal.
La resolución no significa que la Corte haya resuelto el fondo del proceso penal ni la responsabilidad de Juan Antonio Vera Carrizal; mantiene vigente el procedimiento para determinar si el máximo tribunal atraerá los asuntos vinculados con el ataque contra María Elena Ríos.






