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Jaime GUERRERO
El Congreso de Oaxaca aprobó una reforma al Código Familiar para establecer la pérdida de la patria potestad y la custodia de hijas e hijos a madres o padres que incumplan total o parcialmente con la obligación alimentaria por un periodo mayor a 60 días, sin causa justificada, siempre que exista una pensión alimenticia provisional, definitiva o convencional previamente determinada.
La iniciativa fue presentada por las diputadas Elvia Gabriela Pérez López, Eva Diego Cruz y Melina Hernández Sosa, integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
La reforma tiene como eje central la protección integral de niñas, niños y adolescentes, al considerar que el plazo de 90 días vigente hasta ahora era excesivo y colocaba a las infancias en una situación prolongada de vulnerabilidad.
Pérez López explicó que el derecho a los alimentos es de orden público e irrenunciable, y no se limita únicamente a la alimentación, sino que incluye todo aquello que permite satisfacer las necesidades de desarrollo, dignidad y calidad de vida, como la vivienda, la educación, la atención médica y los servicios básicos.
En ese sentido, afirmó que permitir un incumplimiento de hasta tres meses contravenía el principio de mínimo vital, ya que ninguna niña, niño o adolescente puede ver interrumpida durante tanto tiempo la satisfacción de sus necesidades esenciales sin que se afecte gravemente su desarrollo integral.
Conforme al Código Familiar de Oaxaca, es un conjunto de derechos y deberes que la ley impone a los progenitores para la crianza, protección y educación de hijas e hijos menores de edad, y que debe ejercerse siempre atendiendo al interés superior de la niñez.
Bajo esta concepción, la patria potestad no es un derecho absoluto de los padres, sino una función tutelar que conlleva responsabilidades legales concretas, cuyo incumplimiento puede justificar su pérdida cuando se pone en riesgo el bienestar de las y los menores.
Pérez López sostuvo que la reforma no tiene un carácter punitivo ni busca castigar a los progenitores incumplidos, sino que se trata de una medida de protección orientada a defender los intereses de niñas, niños y adolescentes.
Precisó que la pérdida de la patria potestad debe entenderse como un mecanismo excepcional que se activa cuando el ejercicio de esa función deja de cumplir su finalidad esencial de protección y cuidado.
Asimismo, la diputada argumentó que la reducción del plazo de incumplimiento de 90 a 60 días responde a una visión actualizada del modelo de responsabilidad parental, en el que los padres y madres son reconocidos por la ley como personas que tienen el privilegio de ejercer funciones parentales.
Asimismo con la obligación ineludible de garantizar la subsistencia y el desarrollo integral de sus hijas e hijos. Añadió que, desde esta perspectiva, las niñas y los niños no son una posesión de los adultos, sino personas titulares de derechos que deben ser protegidos de manera prioritaria.
Pérez López indicó que la reforma es congruente con el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho de niñas, niños y adolescentes a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, así como con la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo artículo 3 dispone que en todas las decisiones del Estado debe prevalecer el interés superior de la niñez.
Añadió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido consistente en señalar que los derechos de las infancias requieren una protección reforzada y un trato prioritario por parte de todas las autoridades.
La legisladora también recordó que el incumplimiento de las obligaciones alimentarias constituye un problema social persistente en Oaxaca y en el país, lo que ha obligado al Estado mexicano a implementar políticas públicas para combatir esta práctica, como el Registro de Personas Deudoras Alimentarias Morosas.
En ese contexto, afirmó que la reforma aprobada por el Congreso local tiene un carácter preventivo, al incentivar el cumplimiento oportuno de las pensiones alimenticias y desalentar conductas de irresponsabilidad parental.
La legisladora del verde ecologista, reconoció que la LXVI Legislatura tiene la obligación de actualizar el marco jurídico estatal para responder a las realidades actuales de la sociedad oaxaqueña y cumplir con los compromisos asumidos en materia de derechos humanos y Agenda 2030.
Con la reforma al Código Familiar se fortalece la protección de las infancias y adolescencias, se privilegia su interés superior y se envía un mensaje claro de que el incumplimiento de la obligación alimentaria tendrá consecuencias jurídicas cuando ponga en riesgo el desarrollo y bienestar de niñas, niños y adolescentes.






