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Jaime GUERRERO

La Comisión de Grupos en Situación de Vulnerabilidad de la LXIV Legislatura, aprobó el dictamen de reforma a la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes de Oaxaca, para prohibir la distribución, donación, regalo, venta y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados (alimentos chatarra) de alto contenido calórico en tienditas, instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior.
Lo mismo, se prohíbe la venta, distribución o exhibición de cualquiera de esos productos a través de distribuidores automáticos o maquinas expendedoras en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior.
De no cumplir e infringir lo dispuesto en la ley, se aplicará amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva que podrá ser parcial o total y hasta el arresto por 36 horas de conformidad con lo establecido en la ley y conforme a la ley de justicia administrativa.
También tienen prohibido distribuir, donar, regalar, vender y suministrar a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados (alimentos chatarra) de alto contenido calórico, los propietarios o encargados de los establecimientos en donde se expenden o suministran bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico (tienditas), de hacerlo serán sancionados con amonestación, clausura, multa o cárcel.
Quedan exentos de esas prohibiciones madres, padres o tutores legales, quedando bajo su responsabilidad el consumo de estos productos por los menores de edad.
Los propietarios o encargados de establecimientos en donde se vendan o suministren bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico (tienditas), en ningún caso y de ninguna forma los venderán o suministraran a menores de edad, ya que de hacerlo, se harán acreedores a sanciones.
El documento expone que un documento del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto de Salud Pública, publicado por la Organización Panamericana de la Salud, señala que las bebidas que contienen azúcares añadidos (sacarosa, jarabe de maíz alto en fructuosa) se asocian con un mayor riesgo de aumentar de peso y por lo tanto, desarrollar sobrepeso y obesidad.
Así como otras enfermedades cardiovasculares, diabetes, síndrome metabólico e hipertensión.
La misma fuente advierte que niños con consumo habitual de bebidas azucaradas entre comidas tuvieron 2.4 veces más probabilidades de tener sobre peso al ser comparados con niños no consumidores; que el consumo elevado de bebidas azucaradas en niños y adolescentes predice ganancia de peso en edad adulta.
Por su parte la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición reportan el riesgo en que se encuentran más de 4 millones de niños de entre los 5 y 11 años, pues la prevalencia combinada de sobre peso y obesidad se presentan en 1 de cada 4 niños, mientras que 1 de cada 3 adolescentes la padecen.
El dictamen concluye que existe un grave problema de salud pública a nivel mundial por el índice de sobre peso y obesidad tanto en la población infantil, como adulta, ya que México ocupa el primer lugar en el consumo de refresco y bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico y Oaxaca ocupa el primer lugar con obesidad infantil, según los Servicios de Salud de Oaxaca al cierre del 2017.
Así mismo, en la encuesta nacional de nutrición del 2012, advierte que el porcentaje de niños con exceso de peso se encontraba entre los 5 y 11 años y eran residentes de las zonas urbanas de Oaxaca, fue del 27.5%
Por ello, en el dictamen de reforma a la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes de Oaxaca, se aprobó adicionar el artículo 20 Bis, para eliminar las formas de malnutrición de niñas, niños y adolescentes, prohibiendo la distribución, donación, regalo, venta y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados (alimentos chatarra) de alto contenido calórico.