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Jaime GUERRERO

Con 25 votos a favor –violando los procedimientos legislativos- y no con 28 como propaló la Secretaría de la Mesa Directa, Yarit Tannos Cruz, la LXIV Legislatura, aprobó las reformas a la ley de ingresos del municipio de Oaxaca que Gobierna Oswaldo García Jarquín. En consecuencia es ilegal, al no contar con la mayoría calificada como lo establece el reglamento del Congreso.

En su comunicado, el congreso omitió esas violaciones al procedimiento legislativo, encubriendo por enésima ocasión las pifias de los diputados.

Además, por enésima ocasión fracasó el cabildeo político-legislativo de la Presidenta de la Junta de Coordinación Política, Laura Estrada Mauro, quien desesperadamente se paseó en el recinto, junto con el diputado del PT, Noe Doroteo Castillejos, buscando infructuosamente completar los 28 votos requeridos.

Lo mismo, se exhibió la eterna división de la bancada de Morena, debido a que previó a la votación, en asuntos generales de la Sesión Ordinaria, el diputado morenista, Pavel Meléndez Cruz, denunció que “Morena votaba en contra de Morena”, porque no le aprobaron en comisiones su iniciativa de reforma constitucional, para devolverle al Poder Legislativo, la facultad de designar a los Comisionados Municipales, en ayuntamientos con conflictos electorales y además acreditarlos, dando paso a la repartición de municipios en disputa como tradicionalmente lo hacían pasadas legislaturas.

En rebeldía, Melendez Cruz y su grupo aliados entre ellos, Ángel Domínguez, Arcelia López, Hilda Pérez Luis, Othón Cuevas, Leticia Collado, Luis Alfonso Silva, Griselda Sosa, Arcelia López e Inés Leal, no entraron a la votación que se realizó en sesión extraordinaria. Ausente estuvo el delegado especial de Morena, Ericel Gómez Nucamendi, el coordinador de los diputados del PRI, Alejandro Avilés Álvarez, Gustavo Díaz Sánchez.

Desconcertada, Estrada Mauro y Doroteo Castillejos, ordenaron a la Mesa Directiva, cambiar el procedimiento, pese a que se violentaba, la votación nominal no se plasmo en el tablero electrónico, fue a mano a alzada y aun cuando esta permitida, no logró los 28 votos de mayoría calificada.

Pese a ello, Lilia Mendoza Cruz, Presidenta de la Comisión de Hacienda, voto a favor. Se prestaron al procedimiento ilegal, la bancada de las mujeres independientes, Aleyda Serrano Rosado y Elim Antonio Aquino, los morenistas de Estrada Mauro, los petistas de Doroteo Castillejos y el caso más burdo fue de Tannos Cruz, quien cantaba los 28 votos sin alzar la mirada, inmediatamente que el Presidente de la Mesa Directiva, César Morales Niño, le preguntaba el resultados de la votación.

Eso poco importó a los diputados morenistas, que han propalado sus principios de no robar, ni mentir y ni traicionar.

Las reformas a la ley de ingresos del municipio de Oaxaca de Juárez, obedeció a que la administración de García Jarquín, presentó hasta tres proyectos, pese a que en el mes de diciembre el Congreso del Estado, le aprobó el primero con artículos enuncitivos y no las tablas de montos. El munícipe reprochó omisión del Congreso, sin embargo, integrantes de la Comisión de Hacienda, revelaron que desde la tesorería de la pasada administración se presentó el proyecto y García Jarquín contrataron hasta tres despachos particulares para elaborarle el proyecto.

Lo mismo, García Jarquín, pedía que le aprobaran un código hacendario especial para el municipio capitalino, lo cual significaría diversas modificaciones legales en la materia. De los tres proyectos presentados por la administración municipal, obran los oficios fechados en la Comisión de Hacienda. Fue hasta el pasado martes, cuando lograron un nuevo dictamen de ley de ingresos. La administración capitalina, proyecto captar en ingresos por 1 mil 433 millones 211 mil 828.61 pesos en el ejercicio fiscal 2019.

El articulo 155 del Reglamento del Congreso, establece que las votaciones nominales o por Sistema Electrónico se verificarán cuando:

I. Se presente a consideración del Pleno algún dictamen con proyecto de decreto mediante el cual se adicione, deroguen o reformen disposiciones de la Constitución Local; en los casos previstos en el artículo 135 de la Constitución Federal siendo necesaria para su aprobación la mayoría calificada.

II. Se presente a consideración del Pleno algún dictamen con proyecto de Ley, siendo necesaria para su aprobación la mayoría calificada.

III. Se presente a consideración del Pleno una proposición con punto de acuerdo considerada de urgente u obvia resolución. En este caso, es solo necesaria la mayoría simple para su aprobación.