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Maira Ricárdez

*142 Oficialías en todo el Estado laboran en guardias y horarios específicos y solo brindan en esta contingencia dos servicios: registro de nacimientos para infantes con referencia hospitalaria, y actas de defunción

El Registro Civil definió en este etapa de contingencia por Covid19, toda la celeridad posible respecto al trámite de expedición de un acta de defunción de una persona que muere en esta circunstancia. El Director del Registro Civil del Estado, Christian Hernández Fuentes precisó que lo único que el familiar debe presentar en este caso, es el certificado de defunción que expide la Secretaría de Salud, la autoridad municipal, clínicas o médicos particulares con su respectiva cedula, y la identificación oficial del declarante o familiar que realiza la gestión, con estos tres requisitos, el tramite está cubierto, afirmó.

Destaco que están trabajando muy estrechamente con la Secretaría de Salud para en caso de decesos Covid, ser notificados de manera inmediata y que el trámite oficial del acta de defunción sea no mayor a los 30 minutos, tratando así de que esta situación tan adversa no genere mayor complicación a los dolientes.

Un total de 142 oficialías del Registro Civil del Estado habilitadas en guardias, son las que ofrecen servicios básicos a la población en este período de contingencia, dijo. Lunes miércoles y viernes abre una parte y martes y jueves el resto, de acuerdo al rol de servicio.

Es importante cuidar la salud de los colaboradores de la dependencia y es fundamental también no dejar sin servicios a la población en general.

Las guardias especiales están vigentes en la 1ra, 2da, 3ra, 4ta, 5ta y 6ta Oficialías del Centro y cada oficialía cuenta con un rol de guardia, algo importante es que en este período de contingencia están suspendidos trámites relacionados con enlaces matrimoniales al no ser una necesidad impostergable, los únicos servicios que se realizan son inscripción de nacimiento para infantes con referencia hospitalaria, e inscripciones o actas de defunción.